¿En qué temas administrativos no debe intervenir la Comisión de Personal?
a. Resolver reclamaciones que versen sobre los resultados de la verificación de requisitos para otorgamiento de encargos, realizada por la Entidad a través del Jefe de la Unidad de Personal o quien haga sus veces. Lo anterior, comoquiera que el acto lesivo que activa la reclamación laboral para los servidores públicos de carrera que consideren vulnerado su derecho preferencial a encargo, será únicamente el acto administrativo de nombramiento de otro servidor (por encargo o nombramiento provisional) en el empleo objeto del estudio respectivo.