¿Qué es y cómo se organiza el empleo público en Colombia?

¿Qué son los empleos públicos?

Son trabajos o puestos laborales que se desempeñan dentro de entidades del Estado, o del sector público para todo el país, un departamento o una ciudad, por ejemplo, un Ministerio, una Gobernación o una Alcaldía, una Secretaría, entre otros.

Un empleo de carrera administrativa es un trabajo en las entidades del gobierno que tiene unas normas y condiciones que permiten queque las personas puedan trabajar ahí por mucho tiempo si lo hacen bien. . Este tipo de trabajo no depende de quién sea el Presidente o Alcalde en ese momento, porque es un puesto fijo y estable al que se ingresa ganando un concurso de méritos y que se mantiene con una buena evaluación del trabajo realizado.

¿Qué es la Carrera Administrativa?

La carrera administrativa es el sistema que usa el Estado Colombiano para la administración de personal que brinda estabilidad a sus empleados. Existen cuatro tipos o modalidades, según la entidad donde se trabaja:

  1. Sistema General de Carrera Administrativa
  2. Sistemas Especiales de Origen Constitucional
  3. Sistemas Específicos de Origen Legal
  4. Sistemas Especiales de Origen Legal

1. Sistema General de Carrera Administrativa

¿Qué es?

Es el sistema más común. Aplica a la mayoría de las entidades del gobierno que hacen parte de la , tanto a nivel nacional como territorial centralizadas y descentralizadas, y aquellas relacionadas en el artículo 3º de la .

Es un mecanismo de gestión del talento humano en el sector público colombiano, que busca garantizar que los empleos en el Estado sean ocupados por personas idóneas y seleccionadas por mérito.

 

Este sistema regula varios aspectos importantes:

  • Selección de personal: define cómo se eligen los funcionarios mediante concursos de méritos.
  • Evaluación del desempeño: mide el trabajo y los resultados de cada servidor público.
  • Calificación: asigna puntajes que reflejan el rendimiento y logros individuales.
  • Capacitación: promueve el aprendizaje continuo y el desarrollo profesional.
  • Estímulos: reconoce el buen desempeño con incentivos.
  • Retiro: establece las condiciones para dejar el cargo público.
  • Profesionalización del talento humano: busca que quienes trabajan en el Estado estén mejor preparados y sean más eficientes.

Todo esto se basa en el principio de que el mérito debe ser el criterio fundamental para ocupar y avanzar en los cargos públicos. Así se fortalece la transparencia, la eficiencia y el buen gobierno, como lo establece el artículo 27 de la Ley 909 de 2004.

¿A qué entidades aplica?

  • Ministerios (como el de Salud, Educación, Ambiente, etc.)
  • Departamentos Administrativos (como el Departamento Administrativo de la Función Pública)
  • Gobernaciones y Alcaldías
  • Secretarías de despacho en el nivel territorial
  • Unidades administrativas especiales
  • Establecimientos públicos (SENA, INSOR, INCI etc)
  • Empresas sociales del Estado (ESE)
  • Institutos descentralizados científicos y tecnológicos (Instituto Nacional de Salud, Servicio Geológico Colombiano, etc)

 

 

2. Sistemas Especiales de Origen Constitucional

¿Qué son? 

Los Sistemas Especiales de Origen Constitucional son régimenes de carrera administrativa propios, distintos del Sistema General de Carrera Administrativa, y que están reconocidos directamente por la Constitución Política de Colombia.

Estos sistemas se rigen por normas particulares, atendiendo a la naturaleza, funciones o independencia de ciertas entidades o ramas del poder público.

 

Según la Sentencia C-285 de 2015, estos sistemas se aplican a entidades o sectores que cumplen funciones específicas y estratégicas para el Estado, por lo que requieren normas particulares.

¿A qué entidades aplica?

  • Rama Judicial del Poder Público
  • Procuraduría General de la Nación y Defensoría del Pueblo
  • Contraloría General de la República y Contralorías Territoriales
  • Fiscalía General de la Nación
  • Universidades públicas con autonomía
  • Personal diplomático y consular
  • Docentes del sistema educativo oficial
  • Funcionarios de carrera del Congreso de la República

¿Qué son?

Son regímenes de carrera establecidos por la ley, que se aplican a ciertos sectores o entidades del Estado, cuya naturaleza, funciones o condiciones operativas requieren una regulación distinta al Sistema General de Carrera Administrativa.

 

Estas normas están establecidas en leyes distintas a las que rigen la función pública en general, según lo indica el numeral 1 del artículo 4º de la Ley 909 de 2004.

¿A qué entidades aplica?

  • INPEC (Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario)
  • DIAN (Unidad Administrativa Especial de Impuestos y Aduanas Nacionales)
  • Sistema Nacional de Ciencia y Tecnología
  • Superintendencias
  • Departamento Administrativo de la Presidencia de la República
  • Unidad Administrativa Especial de la Aeronáutica Civil
  • Cuerpos Oficiales de Bomberos
  • UGPP (Unidad Administrativa Especial de Gestión Pensional y Contribuciones Parafiscales de la Protección Social)

¿Qué son?

Los sistemas especiales de origen legal son modelos de administración del empleo público que, aunque no están directamente mencionados en la Constitución, han sido creados por el Congreso para regular funciones específicas de ciertas entidades del Estado.

Según la Sentencia C-285 de 2015, estos sistemas se justifican cuando las características particulares de una entidad requieren un conjunto de reglas propias. Eso sí, siempre deben respetar los principios generales que la Constitución establece para la función pública, como la equidad, el mérito y la estabilidad laboral.

¿A qué entidades aplica?

  • Carrera docente
  • Ministerio de Defensa Nacional, incluyendo sus entidades descentralizadas, adscritas y vinculadas a las fuerzas militares
  • Policía Nacional
  • Empleos del Congreso de la República
  • Carrera diplomática y consular
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