¿Cuándo procede la reclamación de un servidor de carrera a quien le fue suprimido el empleo del que es titular?
Al respecto, conviene en primer lugar precisar que conforme lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 909 de 2004, los derechos que les asiste a los servidores de carrera a quienes se les suprime el empleo del que son titulares, son el de incorporación en un empleo igual o equivalente de la nueva planta de personal, y de no ser posible podrán optar por ser reincorporados a empleos iguales o equivalentes o a recibir indemnización.








