2022RE250218MINHACIENDA
MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO
MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO
ROSA ALEJANDRA PARAMO PARAMO
Alcaldía de Teroama
Contraloría Distrital de Barranquilla
Nini Johanna Molano
Gobernación del Valle del Cauca
Se informa que el JUZGADO TERCERO PENAL DEL CIRCUITO ESPECIALIZADO CON FUNCIONES DE CONOCIMIENTO POPAYÁN, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por RUBY AMPARO BRAVO CALAMBAS, con radicado número 19001310700320233001400, resolvió: PRIMERO: ACEPTAR la coadyuvancia de SANDRA PATRICIA RODRIGUEZ ZEMANATE, MAURICIO GALINDEZ, PABLO ADRIAN ORDOÑEZ SANCHEZ, CARMEN HELENA VIVEROS, MARYORI MARTINEZ CASTRO, EDUAR FERNANDO IMBACHI ORTEGA, NESTOR ARNUBIO GUAMANGA ZEMANATE, JUAN CARLOS FAJARDO MONTENEGRO, CARLOS FABIAN SILVA JANSASOY, LUZ EYLEM CHILITO GALINDEZ y JAMES ALDIBEY DORADO ZUÑIGA,
En cumplimiento a lo ordenado en el numeral segundo de la sentencia proferida el día 3 de marzo de 2023 por parte del Juzgado Segundo Penal del Circuito de Florencia – Caquetá, se pone de presente el fallo de la tutela instaurada por la señora CARMEN LUCELLY MOSQUERA MOSQUERA a todos los aspirantes de la OPEC 166313 ofertada en la modalidad de Abierto en el Proceso de Selección No. 2149 – ICBF 2021, dando estricto cumplimiento a la orden judicial.
Se informa que el JUZGADO CINCUENTA Y TRES PENAL DEL CIRCUITO CON FUNCIÓN DE CONOCIMIENTO DE BOGOTÁ D.C., en conocimiento de la acción de tutela instaurada por GRETYS LEONOR BRITO PUCHE, con radicado número 2023-00030-00, resolvió: Dar traslado del escrito de tutela al Representante Legal de la COMISIÓN NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL, para que en el término improrrogable de dos (02) días siguientes a la notificación del presente auto, ejerza sus derechos de defensa y contradicción, Así mismo, ordenar al Director y/o Representante Legal de la COMISIÓN NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL, para que de ma
Se informa que el JUZGADO DIECISEIS PENAL DEL CIRCUITO DE BOGOTÁ D.C., en conocimiento de la acción de tutela instaurada por GONZALO QUINTERO MONTAÑO, con radicado número 11001310901620230001700, resolvió: Ordenar a la Comisión Nacional del Servicio Civil – CNSC – y a la Secretaría de Educación del Distrito Capital de Bogotá, que publiquen en la página web de cada una de ellas, copia de la demanda de tutela que motivó la solicitud de amparo, con el fin de informar el inicio de esta acción constitucional a todas las demás personas que pudieren resultar afectadas con las decisiones que aquí s