Cumplimiento publicación fallo tutela Sandra Ocampo

Se informa que el JUZGADO VEINTINUEVE PENAL DEL CIRCUITO CON FUNCIONES DE CONOCIMIENTO MEDELLIN en conocimiento de la acción de tutela instaurada por la accionante SANDRA LILIANA OCAMPO CORTES, bajo el número de Radicación 202300053, ordenó a la CNSC publicar el fallo de tutela de primera instancia en la presente acción constitucional, con el fin de que todos los terceros interesados en el proceso de selección en el marco del Proceso de Selección No.

Documento asociado

Auto No. 436

"Por el cual se inicia actuación administrativa relacionada con la solicitud de exclusión de la Lista de Elegibles presentada por la Comisión de Personal de la COMISIÓN DE REGULACIÓN DE COMUNICACIONES - CRC, respecto del elegible ANDRES FELIPE DUQUE ACEVEDO; quien integra la lista de elegibles conformada para el empleo denominado PROFESIONAL UNIVERSITARIO, Código 2044, Grado 11, identificado con el Código OPEC No. 147422, Modalidad abierto en el Proceso de Selección No. 1503 de 2020 - Nación 3"

Resolución No. 8193

"Por la cual se decide la Actuación Administrativa iniciada mediante el Auto No. 329 del 2 de mayo de 2023, respecto a la solicitud de exclusión presentada por la Comisión de Personal de la AGENCIA DE RENOVACIÓN DEL TERRITORIO - ART, en contra del señor GERMAN ENRIQUE PERDOMO CHAPARRO, quien integra la lista elegible conformada mediante la Resolución No. 19682 del 2 de diciembre de 2022, para el empleo o denominado ANALISTA, Código T2, Grado 6, identificado con el Código OPEC No. 147147, Modalidad Abierto - Proceso de Selección No.

Cumplimiento Publicación Tutela LILIANA MERCEDES LIZARAZO ROJAS

En cumplimiento a lo ordenado por el JUZGADO TERCERO CIVIL DEL CIRCUITO DE SANTA MARTA, el cual, mediante auto admisorio del 6 de julio de 2023, comunica la acción de tutela identificada con el radicado con el No. 2023-00124-00, promovida por la señora LILIANA MERCEDES LIZARAZO ROJAS contra el ICBF, en la cual se vinculó a la CNSC, para que, de considerarlo, ejerzan su derecho de defensa y contradicción ante el referido Despacho judicial las personas con intereses en las resultas de la presente acción.