Se informa que el JUZGADO PROMISCUO DEL CIRCUITO DE PLATO, MAGDALENA, en conocimiento, de la acción de tutela, instaurada por FORTUNATO ENRIQUE OSPINO TORRES, bajo el número de Radicación 2022-00061, Resolvió: PRIMERO: AMPARAR los derechos fundamentales al trabajo, al acceso y ejercicio de cargos públicos, debido proceso administrativo e igualdad del ciudadano FORTUNATO OSPINO TORRES, vulnerados por parte de la GOBERNACIÓN DEL MAGDALENA y la SECRETARIA DE EDUCACIÓN DEPARTAMENTAL DEL MAGDALENA.
SEGUNDO: ORDENAR a la GOBERNACIÓN DEL MAGDALENA y a la SECRETARIA DE EDUCACIÓN DEPARTAMENTAL, a que en un término no superior a las 48 horas siguientes a la notificación de este proveído, proceda a emitir el respectivo acto administrativo de nombramiento y a posesionar al señor FORTUNATO OSPINO TORRES, para el cargo en el cual se encuentra como tercero en la lista de elegibles según resolución No. 2618 del 25 de febrero de 2022, 2022RES-203.300.24-002618 emitida por la Comisión Nacional del Servicio Civil, dentro del empleo CELADOR CÓDIGO 477 GRADO 5 OPEC 28721 de la GOBERNACIÓN DEL MAGDALENA.
TERCERO: en los términos del artículo 30 del Decreto 2591 de 1991 NOTIFÍQUESE esta providencia en forma telegráfica o por cualquier medio expedito.
CUARTO: en caso de no ser impugnada esta providencia, envíese el expediente dentro del término lega a la Corte Constitucional para su eventual revisión.
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