Se informa que el JUZGADO TERCERO CIVIL DEL CIRCUITO DE SANTA MARTA, en conocimiento, de la acción de tutela, instaurada por MARIA JOSE SERRANO CUELLO, bajo el número de Radicación 2022-00065, Resolvió: PRIMERO: NEGAR, por improcedente, el amparo al derecho fundamental al debido proceso invocado por MARÍA JOSÉ SERRANO CUELLO contra la COMISIÓN NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL, LA ESCUELA DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA -ESAP y la ALCALDÍA DISTRITAL DE SANTA MARTA, atendiendo las razones expuestas en la parte motiva de esta providencia.
SEGUNDO: Notifíquese a las partes por el medio más expedito a más tardar el día hábil siguiente de haber sido proferido.
TERCERO: Si esta decisión no fuere impugnada, dentro del término legal remítase a la CORTE CONSTITUCIONAL, para su eventual revisión dentro de los diez días siguientes a su ejecutoria.
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