Se informa que el JUZGADO PRIMERO PROMISCUO DE FAMILIA DE IPIALES, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por BRAYAN ALEXANDER BASTIDAS ACOSTA, bajo el número de Radicación 2021-00197, Resolvió: PRIMERO: Avocar el conocimiento del presente tramite de tutela, por lo expuesto en la parte motiva de esta providencia.
SEGUNDO: Obedecer lo resuelto por la Sala Civil Familia de Decisión del H. Tribunal Superior del Distrito Judicial de Pasto en providencia del 17 de febrero de dos mil veintidós (2022).
TERCERO: Admitir a trámite la acción de tutela formulada por el ciudadano BRAYAN ALEXANDER BASTIDAS ACOSTA, en contra de LA COMISION NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL ? CNSC, el INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO Y CARCELARIO ? INPEC y la ARL POSITIVA.
CUARTO: Vincular al presente tramite de tutela a la Universidad LIBRE DE COLOMBIA, IPS SENSALUD INTEGRAL S.A.S. y a los demás aspirantes de la Convocatoria No. 1356 de 2019, para proveer cargos del Cuerpo de Custodia y Vigilancia del INPEC.
QUINTO: Para efectos de notificación de la presente providencia a los demás aspirantes de la Convocatoria, se Ordena a la Comisión Nacional del Servicio civil, que al día siguiente de la notificación publique la presente providencia y el escrito de tutela y anexos, en la página de la Convocatoria No. 1356 de 2019, para proveer cargos del Cuerpo de Custodia y Vigilancia del INPEC, para que si tienen a bien dentro de los dos (2) días siguientes a la publicación, ejerzan su derecho de defensa y contradicción contestando la presente acción de tutela, la que deberá remitirse al correo de este juzgado j01prfipiales@cendoj.ramajudicial.govo.co.
Convocatoria asociada
Tipo de contenido convocatoria
Documento asociado
Categorización