La Comisión Nacional del Servicio Civil (CNSC) informa que, en cumplimiento de lo dispuesto en el numeral 2 del Anexo Técnico de los Acuerdos del “Proceso de Selección de Entidades del Orden Territorial y UApA”, se relaciona a continuación el número de inscripción del aspirante inscrito en un empleo ofertado con reserva para personas con discapacidad (modalidad de ascenso) que no aportó el certificado que acredite una discapacidad. En consecuencia, el aspirante no continuará en el proceso de selección:
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ID de aspirante |
OPEC |
Entidad |
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1260420169 |
243804 |
Alcaldía de Aguachica |
Las reclamaciones contra el resultado de la verificación del certificado de discapacidad podrán presentarse únicamente a través de la Ventanilla Única de la CNSC (https://gestion.cnsc.gov.co/cpqr/), en los términos del artículo 12 del Decreto Ley 760 de 2005, durante las siguientes fechas:
- Fecha de inicio: 4 de febrero de 2026 desde las 00:00 horas.
- Fecha de cierre: 5 de febrero de 2026 hasta las 23:59 horas.
Se recuerda que, estas reclamaciones NO constituyen la oportunidad para que los aspirantes complementen, modifiquen, reemplacen o actualicen el certificado de discapacidad aportado en SIMO antes del cierre de inscripciones, ni para adicionar uno nuevo. En consecuencia, los documentos allegados con la reclamación se consideran extemporáneos y, no serán tenidos en cuenta para resolverlas.
El 6 de febrero de 2026 se comunicará la decisión que resuelva la reclamación en caso de que se presente.








