Se informa que el JUZGADO TERCERO PENAL DEL CIRCUITO DE PEREIRA en conocimiento de la acción de tutela, instaurada por DANIEL ALEJANDRO ARBOLEDA GUEVARA, con radicado número 66001310900320240002600, Resolvió: PRIMERO: DECLARAR IMPROCEDENTE la acción de tutela incoada por el señor Daniel Alejando Arboleda Guevara en contra de la Comisión Nacional del Servicio Civil y de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales- DIAN-, Fundación Universitaria del Área Andina, por lo expuesto en la parte motiva de esta decisión.
SEGUNDO: ORDENAR a la Comisión Nacional Del Servicios Civil- CNSC- para que, a través de su página web, una vez sea notificada de la presente acción, de manera inmediata proceda a publicar la presente sentencia de tutela, en aras de surtirse la notificación a los aspirantes del proceso de selección DIAN 2022.
TERCERO: Notificar esta decisión a las partes accionante, accionadas y vinculados por el medio más eficaz.
CUARTO: Notificar la presente decisión al delegado del Ministerio Público.
QUINTO: Contra el presente fallo procede la impugnación dentro de los tres (3) días siguientes a su notificación, para ante la Sala de Decisión Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Pereira.
SEXTO: En caso de no ser impugnado este fallo remítase junto con el expediente a la Honorable Corte Constitucional para su eventual revisión.
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