Cumplimiento publicación tutela VIVIANA ALEXANDRA GUERRERO GUERRERO

Atentamente informamos que el Juzgado Primero Penal de Menores con función de Conocimiento de Popayán, mediante Sentencia de Tutela No. 80 del diecinueve (19) de septiembre de dos mil veintitrés (2023), resolvió:

“PRIMERO: DECLARAR IMPROCEDENTE la acción de tutela formulada por VIVIANA ALEXANDRA GUERRERO GUERRERO, identificada con cédula de ciudadanía №. 37087054, en contra de la DIAN por las razones expuestas en la parte considerativa de este fallo.
SEGUNDO: NOTIFICAR esta providencia a las partes personalmente o por cualquier otro medio de comunicación previsto en el Artículo 30 del Decreto 2591 de 1991, por intermedio del Centro de Servicios Judiciales de esta unidad, GRUPO DE COMUNICACIONES quienes deberán rendir informe de su cumplimiento a la Secretaría del Despacho.
TERCERO: ORDENAR a LA COMISIÓN NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL - CNSC, que de manera inmediata publique en su página web, la decisión adoptada en la presente providencia, con el fin de notificar la misma, a las PERSONAS QUE SE ENCUENTRAN EN LA LISTA DE ELEGIBLES DE LA OPEC 127513 DE LA CONVOCATORIA 1461 DIAN 2020.
CUARTO: DISPONER la remisión electrónica del expediente a la Honorable Corte Constitucional para su eventual Revisión, conforme al Artículo 31 del Decreto 2591 de 1991 y el Acuerdo PCSJA20-11594 del 13 de julio de 2020 y se ordena su archivo definitivo a través del CENTRO DE SERVICIOS JUDICIALES de esta Unidad, en caso de ser excluida de revisión. Lo anterior en el evento de no ser impugnada la presente sentencia.

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