Se informa que el JUZGADO TERCERO DE FAMILIA DE BUCARAMANGA, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por OSCAR ANDRES HERRERA GAMBOA, con radicado número 68001311000320230038600, Resolvió: PRIMERO: NEGAR LA TUTELA presentada por el señor OSCAR ANDRÉS HERRERA GAMBOA, frente a la Comisión Nacional del Servicio Civil ? CNSC y contra la Fundación Universitaria de Área Andina por lo razonado en tal sentido en las motivaciones.
SEGUNDO: Se ordena notificar el presente fallo a los demás participantes de la convocatoria DIAN 2022 OPEC 198411 y que fueron vinculados a la presente acción. Para estos efectos, se dispone que la COMISIÓN NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL ?CNSC- publique en su página web o en el aparte de la red correspondiente a la convocatoria e informen al correo electrónico allí consignado por cada uno de los participantes, la presente providencia, a fin de que los vinculados, tengan conocimiento de la decisión aquí adoptada.
TERCERO: Se desvincula a la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales DIAN y al Departamento Administrativo de la Función Pública.
CUARTO: Notifíquese esta decisión a los funcionarios demandados y al accionante.
QUINTO: ENVÍESE el presente fallo a la Corte Constitucional para su eventual revisión, en caso de que no fuere impugnada.
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