Se informa que el JUZGADO VEINTICUATRO ADMINISTRATIVO ORAL DE MEDELLÍN, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por VICTOR DAVID VALENCIA ARCILA, con radicado número 05001333302420230034100, Resolvió: PRIMERO: NEGAR POR IMPROCEDENTE el amparo constitucional solicitado por la señora VÍCTOR DAVID VALENCIA ARCILA, por las razones expuestas en la parte motiva de esta sentencia.
SEGUNDO: NOTIFICAR a las partes, la anterior decisión en los términos indicados por el artículo 30 del Decreto 2591 de 1991.
TERCERO: ORDENAR a la COMISIÓN NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL comunicar la presente decisión a todos los interesados en el ?Proceso de Selección No. 2150 A 2237 de 2021, 2136, 1406 de 2022 Directivos Docentes y Docentes, Población Mayoritaria, Zona Rural y No Rural?, concretamente a los participantes del proceso de selección No. 2151 de 2021 para la Oferta Pública de Empleos de Carrera - OPEC No. 184715, por el medio más eficaz.
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