Se informa que el JUZGADO PROMISCUO DEL CIRCUITO DE OROCUÉ, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por JORGE WILLIAM MOSQUERA REYES, con radicado número 85230318900120230008300, Resolvió: NEGAR POR IMPROCEDENTE el amparo de los derechos fundamentales invocados por el señor JORGE WILLIAM MOSQUERA REYES, por las razones anotadas en precedencia.
ORDENAR a la COMISION NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL y a la UNIVERSIDAD LIBRE, que de manera inmediata publique la presente providencia, para lo que corresponda a los terceros determinados e indeterminados con interés.
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