Se informa que el JUZGADO DIECISEIS PENAL DEL CIRCUITO DE BOGOTÁ D.C., en conocimiento de la acción de tutela instaurada por GONZALO QUINTERO MONTAÑO, con radicado número 11001310901620230001700, Resolvió: PRIMERO: DECLARAR IMPROCEDENTE el amparo constitucional del derecho fundamental al debido proceso invocado por el ciudadano Gonzalo Quintero Montaño.
SEGUNDO: ORDENAR a la COMISIÓN NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL que comunique lo dispuesto en la presente providencia, a los participantes inscritos en la en el proceso de Selección No. 2150 a 2237 de 2021 y 2316 de 2022 de la entidad territorial certificada en educación Distrito Capital Bogotá, en la OPEC No. 184905 para el cargo de rector. Para ello se concede el término de un (1) día contado a partir del recibo de la respectiva notificación; por lo que deberán allegar la constancia respectiva del trámite surtido.
TERCERO: ORDENAR a la COMISIÓN NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL – CNSC – realice la publicación en la página web de la entidad de la copia de la sentencia de tutela, con el fin de informar el inicio de esta acción constitucional a todas las demás personas que pudieren resultar afectadas con las decisiones aquí expuestas, a efecto de que las mismas, si lo estiman pertinente, puedan pronunciarse al interior de este trámite excepcional.
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