Fallo de tutela Gloria Sofía Mandriñan Soto

Se informa que el JUZGADO SEGUNDO ADMINISTRATIVO DEL CIRCUITO DE POPAYÁN, en conocimiento de la acción de tutela, en PRIMERA INSTANCIA, por GLORIA SOFIA MADRIÑAN SOTO, bajo el número de Radicación 19001333300220230002500, Resolvió: PRIMERO: NIÉGUESE la acción de tutela promovida por la señora GLORIA SOFÍA MADRIÑÁN SOTO, identificada con la cédula de ciudadanía No. 38.550.310 de Cali (Valle del Cauca), contra la COMISIÓN NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL (CNSC) y la UNIVERSIDAD LIBRE, por cuanto no se demostró la vulneración de su derecho fundamental al debido proceso. SEGUNDO: ORDÉNESE a la COMISIÓN NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL publicar este proveído en su página web, por el término de tres días.

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