Cumplimiento publicación fallo tutela Prospero Chaparro

Se informa que el JUZGADO SEGUNDO DE FAMILIA DE ORALIDAD DEL CIRCUITO DE TUNJA, en conocimiento, de la acción de tutela instaurada por PROSPERO CHAPARRO ALVAREZ, bajo el número de Radicación 15001316000220220066700, Resolvió: PRIMERO: DENEGAR la acción de tutela presentada por el señor PROSPERO CHAPARRO ÁLVAREZ, identificado con cédula de ciudadanía número 1.049.622.196, obrando en nombre propio, contra la COMISIÓN NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL - CNSC y FUNDACIÓN UNIVERSITARIA DEL ÁREA ANDINA, por considerar vulnerados sus derechos fundamentales ACCESO A CARGOS PÚBLICOS, IGUALDAD y DEBIDO PROCESO ADMINISTRATIVO; de conformidad con los motivos consignados.
SEGUNDO: NOTIFICAR a las partes por el medio más expedito y en la forma prevista en el artículo 30 del Decreto 2.591 de 1.991. Se les hace saber que, tienen el derecho de impugnar este fallo, dentro de los tres (3) días siguientes a su notificación.
TERCERO: ORDENAR a la COMISIÓN NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL y FUNDACIÓN UNIVERSITARIA DEL ÁREA ANDINA que por su intermedio se publique en su portal web el presente fallo para notificar a los demás participantes vinculados a la presente acción.

Convocatoria asociada
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