Cumplimiento publicación fallo tutela Adriana Ojeda

Se informa que el JUZGADO TERCERO LABORAL DEL CIRCUITO DE PASTO, en conocimiento, de la acción de tutela instaurada por ADRIANA OJEDA JAULIN, bajo el número de Radicación 52001310500320220034800, Resolvió: PRIMERO. NEGAR la acción de tutela presentada por la señora ADRIANA OJEDA JAULIN identificada con cédula de ciudadanía No. 30.726.404 expedida en Pasto-Nariño, contra la COMISIÓN NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL CNSC, UNIVERSIDAD LIBRE, LEGIS S.A., DEPARTAMENTO DE NARIÑO, Y MUNICIPIO DE PASTO, por las razones expuestas en la parte motiva de esta sentencia.
SEGUNDO. NOTIFICAR esta decisión a los intervinientes en la forma prevista en el Artículo 30 del Decreto 2591 de 1991, a las entidades accionadas y al accionante. La Comisión Nacional del Servicio Civil, publicará esta sentencia en el link correspondiente de su sitio web para conocimiento de los terceros con interés de trámite.
TERCERO. Esta Sentencia es susceptible de impugnación ante el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Pasto-Sala de Decisión Laboral. Si no se recurre esta decisión en el término de su ejecutoria, REMITASE al día siguiente el expediente ante la Corte Constitucional para su eventual revisión.

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