La CNSC emite complementación del criterio unificado sobre la verificación de requisitos mínimos y prueba de valoración de antecedentes

 

 

La CNSC, en sesión de Sala Plena del 12 de marzo de 2024, aprobó complementar el criterio unificado “Verificación de requisitos mínimos y prueba de valoración de antecedentes de los aspirantes inscritos en los procesos de selección que realiza la CNSC para proveer vacantes definitivas de cargos de carrera administrativa”. Se adicionó información al numeral 5.2 del Capítulo V “Certificaciones de Educación y Experiencia”.

Para el caso de los procesos de selección que adelanta la CNSC, se requiere que las certificaciones cuenten con la respectiva firma (manuscrita, digital o electrónica) de quien expide la constancia, para que el documento sea validado y considerado en la etapa de verificación de requisitos mínimos o de valoración de antecedentes.

Según la normatividad vigente y para efectos de los procesos de selección a cargo de la CNSC, se presumirán válidas las certificaciones laborales expedidas por la autoridad competente en el sector público y privado, firmadas digital o electrónicamente, si cumplen con las condiciones de validez señaladas en la Ley 527 de 1999, en el Decreto 1074 de 2015, o las normas expedidas en la legislación vigente, dependiendo de la que se trate.

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