Se informa que el JUZGADO SEGUNDO PROMISCUO DE FAMILIA DE CARTAGO, en conocimiento, de la acción de tutela, instaurada por los MIGUEL ANGEL GONZALEZ PORRAS, bajo el número de Radicación 2022-00181, Resolvió: PRIMERO: ADMITIR la acción de tutela instaurada por el señor MIGUEL ANGEL GONZÁLEZ PORRAS, actuando en nombre propio, en contra de la ESCUELA DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA (ESAP), a través de su representante legal o por quien haga sus veces, por la presunta vulneración de sus derechos fundamentales de petición, igualdad y trabajo, según se expone en el escrito de tutela.
ORDENAR a la COMISIÓN NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL, que dentro del término de un (1) día hábil siguiente la notificación que se le haga de esta providencia, publique el presente auto y el escrito de tutela en el sitio dispuesto en su página web para el concurso de méritos 1613 de 2021 Municipios de quinta y sexta categoría respecto de la OPEC No. 145555, con el fin de que los interesados puedan hacerse parte dentro del trámite de esta acción constitucional y así ejercer su derecho de defensa y contradicción, si a bien lo tienen, dentro de los DOS (02) DÍAS HÁBILES siguientes a la publicación.
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