SE INFORMA QUE EL JUZGADO PRIMERO ADMINISTRATIVO ORAL DEL CIRCUITO JUDICIAL DE BUCARAMANGA, DENTRO DE LA ACCIÓN DE TUTELA INTERPUESTA POR JOSE ALBERTO JEREZ CORREA, BAJO EL NÚMERO DE RADICADO: 680013333001-2026-00029-00, EL CUAL RESOLVIO ENTRE OTROS: PRIMERO: DECLARAR que la COMISION NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL, la UNIVERSIDAD LIBRE DE COLOMBIA y el MINISTERIO DEL TRABAJO, no vulneraron los derechos fundamentales al debido proceso, igualdad y de acceso a cargos públicos del señor JOSE ALBERTO JEREZ CORREA, por las razones expuestas en la parte motiva de esta sentencia.
SEGUNDO: NOTIFICAR el presente fallo en la forma prevista en el artículo 30 del Decreto 2591 de 1991.
TERCERO: REQUERIR a la COMISIÓN NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL - CNSC, para que, al día siguiente de la notificación de esta sentencia, publique esta providencia en la página web de la entidad en el enlace de acciones constitucionales y/o avisos importantes y remita con destino a este proceso la constancia de su publicación.
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