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| - Registro público de carrera administrativa. Entiéndase como registro público de carrera administrativa la anotación formal, histórica y consecutiva, de aquellos datos relacionados con los servidores públicos que han adquirido derecho de carrera de los sistemas administrados por la CNSC. Hacen parte del Registro Público de Carrera Administrativa: a) las inscripciones vigentes, las cuales serán actualizadas cuando hubiere lugar a ello; b) las no vigentes, por retiro de los empleados de carrera y c) las anotaciones completadas en el artículo 45 del Decreto 1227 de 2005. | | | | - Inscripción en el registro público de carrera administrativa. Es la anotación formal que hace la CNSC, de las personas que han surtido un proceso de selección y culminado su periodo de prueba satisfactoria. De la misma manera contempla a quienes se hayan acogido en su momento a las asimilaciones extraordinarias y que en la actualidad se encuentren en ejercicio de empleos públicos. | | | | - Actualización en el registro público de carrera administrativa. Es la resultante que se expresa en anotación formal que hace la CNSC una vez inscrito el servidor público, con el propósito de mantener al día la historia laboral relacionada con el proceso de carrera administrativa ordenada por ajustes institucionales o legales. |
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