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PREGUNTAS FRECUENTES

RESPUESTAS

FECHA DE ACTUALIZACIÓN

¿Qué documentos se requieren para inscribir a un servidor público en carrera?

La CNSC expidió  la Circular 010 de 2005 y la Circular 037 de 2007 en donde se señalan los documentos que se requieren para tramitar la inscripción y actualización de los servidores públicos. Dichas circulares se encuentran en la página web de la CNSC, link normatividad- normas de carrera- circulares, o en el link registro público de carrera.

30/03/2011

¿Cuándo se entiende que el servidor público tiene derechos de carrera?

El proceso de selección culmina con la calificación satisfactoria del período de prueba. De conformidad con el artículo 49 del Decreto 1227 se considera que también tienen derechos de carrera los que habiendo superado el período de prueba no se encuentran inscritos en el registro.

30/03/2011

¿Tiene validez la certificación de registro en carrera administrativa expedido por la Comisión Seccional o Distrital o ustedes (CNSC) me deben hacer una nueva inscripción?

La inscripción realizada por una Comisión Seccional o Distrital tiene vigencia mientras no haya operado una causal de pérdida de derechos de carrera. Por lo tanto la CNSC no debe realizar una nueva inscripción.

30/03/2011

¿Me puedo inscribir de manera de extraordinaria?

No. El ingreso a la carrera administrativa se basa en los principios de mérito e igualdad en donde todos los ciudadanos que cumplan requisitos pueden participar en los procesos de selección convocados por la CNSC o quien esta delegue. Por lo señalado, al realizar inscripciones extraordinarias no se tienen en cuenta los principios antes descritos y la Corte Constitucional ha declarado inexequible tal aplicación.

30/03/2011

¿Yo puedo solicitar mi inscripción en carrera administrativa?

No. De conformidad con el artículo 46 del decreto 1227 de 2005 solo puede se solicitada por el jefe de personal o quien haga sus veces.

30/03/2011

¿Los funcionarios inscritos en el registro Público de Carrera Administrativa pueden presentarse a otras convocatorias en entidades diferentes del mismo sistema general?

Si. Pueden presentarse y si son nombrados por encontrarse en lista de elegibles al superar el periodo de prueba se debe solicitar su actualización.

30/03/2011

¿Si estoy inscrita en carrera administrativa y pasé un concurso con convocatoria 001 como me inscriben?

No se le inscribe, se debe es actualizar su inscripción.

30/03/2011

Si ocupo un cargo de carrera, estoy inscrita en el escalafón y la entidad se reestructura y mi cargo lo pasan a ser de libre nombramiento y remoción. ¿Que pasa con mis derechos de carrera?

De conformidad con el artículo 6 de la ley 909 de 2004 si el cargo que usted ocupa cambió de naturaleza, es decir pasó a ser de libre nombramiento, usted debe ser trasladada a uno de igual superior remuneración y funciones afines si existiere vacante en la planta de personal, de lo contrario continuará desempeñando el mismo cargo y conservará sus derechos de carrera.

30/03/2011

¿Dónde se encuentra el Formato F 001?

Lo encuentra en la página web de la CNSC, www.cnsc.gov.co, link registro público de carrera.

30/03/2011

¿Si estaba participando en un concurso en el año de 1997 y se expide la Ley 443 de 1998 me pueden nombrar dentro de los 2 años siguientes a la expedición de la lista de elegibles?

No. El artículo  164 del Decreto 1572 de 1998 señaló que los procesos de selección que hayan sido convocados antes de entrar en vigencia la Ley 443 de 1998, continuarán desarrollándose hasta su culminación con sujeción a las disposiciones que regían a la fecha de las respectivas convocatorias. Y para el año 1997 la lista de elegibles tenía una vigencia de un año.

30/03/2011

¿Cómo puedo consultar si estoy inscrito en el registro público de carrera?

Por vía telefónica al 6609773-6609776 o dirigiendo una comunicación al presidente de la CNSC indicando el número de cédula de ciudadanía.

30/03/2011

Fui seleccionado como mejor empleado del nivel técnico. ¿Puedo ser ascendido como un estímulo a mi desempeño?

No. No puede ser ascendido por cuanto la sentencia C 539 de 1998 dispuso que la norma que consagraba el ascenso automático por haber sido seleccionado como el mejor empleado, establecía una diferencia de trato entre los empleados de carrera, por cuanto la regla general es que el ascenso a un nivel superior sólo es posible si la persona beneficiada ha obtenido el mayor puntaje en el concurso respectivo.

30/03/2011

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